Covid-19: todo lo que necesitas saber sobre las pruebas PCR para los viajeros internacionales y en el interior del país

De acuerdo con la orden ministerial nº 3/2020 de fecha 26 de diciembre firmado por el ministro de Sanidad, Diosdado Vicente Nsue Milang, exige a los viajeros internacionales y la tripulación que utilice el transporte aéreo o marítimo la obligatoriedad de presentar un certificado PCR negativo con validez máxima de 48 horas desde la fecha de embarque del punto de partida.

Sanidad invita a las compañías aéreas a no embarcar a los pasajeros que no presenten un certificado de PCR

En el marco del cumplimiento de la ley 107/2020 de fecha 21 de diciembre por el que se restringe temporalmente la movilidad de las personas en la Republica de Guinea Ecuatorial durante las fiestas navideñas y año nuevo, mediante la orden ministerial nº 3/2020, el ministerio de Sanidad  ha establecido medidas de acompañamiento de dicho decreto, con el fin de evitar la propagación del coronavirus en la República de Guinea Ecuatorial.

Para los viajeros internacionales 

El artículo 2 de esta orden ministerial recoge que, para evitar la entrada al país de personas con infección de la Covid-19 en la fase latente o de incubación, los viajeros internacionales y la tripulación que utilice el transporte aéreo o marítimo están obligados a presentar certificado de PCR negativo con validez máxima de 48 horas desde la fecha de embarque del punto de partida, y adicionalmente se les realizará una prueba rápida IgM en el puesto fronterizo de llegada. Todos los pasajeros serán sometidos a una cuarentena de 5 días según el proceso detallado más abajo.

Si la prueba IgM resultase negativa, la persona sería internada en la cuarentena durante 5 días, cumplidos los cuales, se le realizará una prueba adicional de PCR con dos posibles escenarios:

Los que tengan el PCR negativo, se le dará de alta, y para los que tengan el PCR positivo, se le trasladará a la unidad de aislamiento de casos asintomáticos o al centro sanitario de referencia según el cuadro clínico.

Por lo tanto, para que las medidas de control de la infección de la Covid-19 en los viajeros internacionales sean más efectivas, la autoridad sanitaria  invita a las compañías aéreas a no embarcar a los pasajeros que no presenten un certificado de PCR negativo en vigor (igual o menor de 48 horas de validez desde el punto de partida.

La presente orden ministerial ratifica también la prohibición de la entrada al país de los viajeros procedentes de la  región del  Reino Unido, para evitar la introducción de la nueva cepa de la Covid-19, descubierta en esta zona.

Para los viajeros en el interior del país

Con el propósito de evitar la propagación horizontal o comunitaria de la infección de la Covid-19 en el país, el artículo 3 puntea que todos los viajeros y la tripulación que utilicen el medio de transporte aéreo o marítimo para desplazarse entre Malabo-Bata y viceversa, se les hará la prueba PCR y necesitaran una orden de desplazamiento expedido por el Comité Técnico Nacional de Vigilancia y Respuesta ante la pandemia del coronavirus.

Para los desplazamientos desde la ciudad de Bata al resto de los distritos del interior de la región continental, se les hará una prueba IgM y necesitaran una autorización de desplazamiento.

Y Para la movilidad de un punto a otro en la Región Insular del país, no se necesita de la prueba PCR, IgM, ni autorización de desplazamiento.

Precio de las pruebas PCR e IgM, punto de toma de muestras  y de retirada de la autorizaciones de desplazamiento.

Para la realización de las pruebas PCR e IgM, se deberá realizar el previo ingreso del importe correspondiente según las cuantías que más abajo se indican en las cuentas nº 37111233901-31, titulada Instituto Nacional  de Investigaciones en Salud Publica habilitada en el Banco Nacional de Guinea Ecuatorial (BANGE).

Se recomienda a los interesados el deber de  presentar la nota de ingreso en el punto de toma de muestra y para la retirada del certificado o autorización de viaje, se deberá entregar dicha nota de ingreso en el ministerio de Sanidad y Bienestar Social en Malabo y en la Delegación Regional de Sanidad en Bata.

Los puestos de toma de muestras para dichas pruebas se ubican en el Hospital Regional de Bata y en el Centro de Salud de Buena Esperanza en Malabo.

Los costos de las pruebas de PCR e IgM son los siguientes

Para pruebas de PCR

Ecuatoguineanos 50.000

Expatriados 110.000

La pruebas de IgM, 20.000 para los nacionales y expatriados

Se recomienda de igual modo a todos los viajeros realizar el test PCR o IgM 48 horas antes de su salida de la República de Guinea Ecuatorial o al distrito de destino para los viajes internos.

El horario para los puntos de toma de muestras es de lunes a sábado, de 9 de la mañana a 11:30. Todos los viajeros que soliciten la prueba PCR o de IgM, después de las 11:30h, así como los que la soliciten el mismo día del vuelo o su salida al interior del país, se someterán a la modalidad FAST TRACK, cuyos montos son los siguientes:

Para IgM, 40.000 tanto nacionales como expatriados

Para PCR, 100.000 para los nacionales y 220.000 para los expatriados.

Se hace constar a toda la población que los domingos como días festivos no se realizan pruebas PCR ni de IgM, ni se emiten certificados PCR ni autorizaciones de desplazamientos. Sino que será responsabilidad del mismo viajero programar apropiadamente su toma de muestra y retirada de la autorización de desplazamiento o certificado PCR.

Durante la festividad de navidad y año nuevo se continuará con el testeo masivo en la ciudad de Malabo, el cual se extenderá en la ciudad de Bata, sobre todo en las zonas calientes de infección.

Distanciamiento social y el aforo de los medios de transporte aéreo y marítimo.

El personal de sanidad exterior de Malabo y Bata en coordinación con las autoridades portuarias, velará para que los barcos cumplan con el aforo de 50%, el uso correcto de las mascarillas, el distanciamiento físico y el lavado correcto de las manos con jabón y geles desinfectantes.

La efectiva aplicación de esta Orden Ministerial requiere de la participación de los actores implicados y de la propia comunidad. El periodo de vigencia de esta Orden Ministerial se supedita al decreto 107/2020 de fecha 21 de diciembre, que será el 15 de enero.

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