La Federación Senegalese de Fútbol (FSF) ha tomado conocimiento de la notificación de la decisión emitida el 17 de marzo de 2026 por el Jurado de Apelación de la Confederación Africana de Fútbol (CAF), en el marco del asunto DC23316. Este procedimiento es consecuencia de la queja presentada durante el partido n.º 52 de la Copa de África de Naciones (CAN) TotalEnergies, Marruecos 2025, que enfrentó a Senegal y Marruecos.
Por esta decisión, el Jurado de Apelación de la CAF declaró que la apelación de la Federación Real Marroquí de Fútbol (FRMF) era admisible y la aceptó. De este modo, el organismo anuló la decisión que había sido emitida por el Jurado Disciplinario de la CAF, argumentando que no se había respetado el derecho a ser oído de la parte apelante durante el procedimiento de primera instancia.
El Jurado de Apelación también consideró que el comportamiento del equipo de Senegal infringió los artículos 82 y 84 del Reglamento de la Copa de África de Naciones. En consecuencia, la CAF declaró que la FSF había violado el artículo 82 y pronunció la pérdida del partido por forfait para Senegal, con un marcador registrado de 3-0 a favor de la Marruecos, de acuerdo con el artículo 84.
La FSF ha calificado esta decisión de «injusta, sin precedentes e inaceptable que desacredita el fútbol africano». En un esfuerzo por defender sus derechos y los intereses del fútbol senegalés, la Federación ha anunciado su intención de iniciar un procedimiento de apelación ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS).
La FSF reafirma su compromiso inquebrantable con los valores de integridad y justicia deportiva, y mantendrá al público informado sobre el desarrollo de este asunto.
