Los diputados senegaleses adoptaron, el miércoles 11 de marzo, una reforma del artículo 19 del código penal destinada a endurecer las penas contra las relaciones homosexuales. El texto fue aprobado por 135 votos, con tres abstenciones y ningún voto en contra.
Ahora, cualquier persona condenada por relaciones entre personas del mismo sexo se enfrenta a una pena de cinco a diez años de prisión, en comparación con uno a cinco años anteriores. Las multas económicas también han sido revisadas al alza y pueden alcanzar hasta 10 millones, mientras que el techo máximo estaba fijado anteriormente en 1,5 millones.
La ONU pide no promulgar esta ley
Volker Türk, encargado de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresó sus preocupaciones. Para él, esta ley viola derechos humanos fundamentales, incluido el derecho al respeto, la dignidad, la privacidad, la igualdad y las libertades de expresión, asociación y reunión pacífica. “Esta ley expone a la población a delitos de odio, abusos, arrestos arbitrarios, chantaje y discriminación generalizada en educación, salud, empleo y vivienda. Además, restringe el trabajo legítimo de los defensores de los derechos humanos, los medios de comunicación y la libertad de expresión de todos los senegaleses”, afirmó.
«Insto al Presidente a no promulgar esta ley perjudicial y hago un llamamiento a las autoridades para que deroguen la ley discriminatoria vigente y garanticen los derechos humanos de todos los senegaleses, sin discriminación», concluyó Volker Türk.
