COVID-19: Guinea Ecuatorial suspende la vigencia de todas las Licencias de Explotación de Discotecas, Paff y Pub nocturnos

El Ministro de Cultura, Turismo y Promoción Artesanal ha firmado hoy lunes, 4 de enero de 2021, la Orden Ministerial por la que se suspende la vigencia de todas las Licencias de Explotación de Discotecas, Paff y Pub nocturnos en la República de Guinea Ecuatorial.

Guinea Ecuatorial firma el Decreto 9/2021 por el que se adoptan nuevas medidas para la contención del COVID-19

El Gobierno viene adoptando, desde la aparición de la pandemia del COVID-19 en el país, sendas medidas para proteger la vida y salud de todos los ciudadanos ecuatoguíneanos. Dichas medidas vienen siendo tomadas con la sanción de varias disposiciones normativas de carácter temporal, que exigen a los ciudadanos la adopción de una serie de comportamientos para prevenir la propagación y expansión incontrolada del Covid-19 en nuestro País.

Sin embargo, a pesar de que dichas medidas restrictivas suponen un sacrifico enorme, para el bien de todos, ciertos sectores de la población, concretamente las Discotecas, Paff y Pub nocturnos, no sólo no las respetan, sino que muestran un desprecio absoluto y descarado a las mismas, conculcando permanentemente todas y cada una de las disposiciones normativas sancionadas, con la apertura de sus establecimientos y locales, cuando deberían estar cerrados, y sin respetar en absoluto las medidas de distanciamiento recomendadas por las autoridades sanitarias; lo cual pone en riesgo inminente la vida de miles de personas, provocando lugares y momentos de concentración masivas prohibidos, para convertirlos en focos de contagio de la enfermedad, mermando de esta forma los ingentes esfuerzos económicos, logísticos y humanos desplegados por el Gobierno para luchar contra la COVID-19. Ante tal tesitura, este ministerio, en tanto que tutor de dicho sector, no puede quedar insensible y en situación de expectación ante tales actitudes dedesobediencia.

Visto el Decreto núm. 107/2020, de fecha 21de Diciembre;
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Turística;

DISPONGO:

Articulo 1° . Mediante la presente Orden Ministerial, se suspende la vigencia de todas las Licencias de Explotación de todas las Discotecas, Paff y Pub nocturnos, de todo el ámbito nacional.

Articulo 2°. Cualquier establecimiento turístico en la modalidad de las indicadas en el articulo precedente que vuelva abrir mientras duren las medidas de restricción vigentes, sera definitivamente cerrado, retirada su licencia y multado su propietario conforme establecen las leyes.

Artículo 3°. Las suspensión de la vigencia de las licencias acordada mediante la presente Orden Ministerial se supedita a la vigencia de las disposiciones normativas que, de forma progresiva, vaya adoptando el Gobierno, hasta el desconfinamiento total del país.

Articulo 4°. Se instruye a la Dirección General de Fomento y Promoción Turística adoptar cuantas normas sean necesarias para la correcta aplicación de la presente Orden Ministerial.

Articulo 5°. Se solicita la colaboración de las Fuerzas de Orden Público, para el cumplimiento de lo preceptuado en la presente disposición normativa.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden Ministerial.

DISPOS CIÓN FINAL

La Presente Orden Ministerial entra en Vigor el mismo día de su publicación en los medios informativos nacionales y sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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