La nueva Ley de Nacionalidad Ecuatoguineana podría contemplar la doble nacionalidad

Lo dejó entrever ayer el ministro de Justicia Salvador Ondo Nkumu en una comparecencia ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos del Senado. Ahora una Comisión Ad-Hoc se encargará de adecuar sobre la incompatibilidad de la nacionalidad ecuatoguineana con otras nacionalidades.

La nueva Ley de Nacionalidad Ecuatoguineana podría contemplar la doble nacionalidad

Imagen de archivo del Ministro de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias, entonces Presidente del Tribunal Constitucional, Salvador Ondo Nkumu durante su intervención cuando el Tribunal Constitucional validó los resultados definitivos de las elecciones legislativas y municipales en el año 2017

Posiblemente, no volvería a repetirse lo ocurrido el pasado día 21 de abril, fecha en la que se informó que algunos ecuatoguineanos tuvieron que renunciar de forma voluntaria su nacionalidad como ecuatoguineanos para subirse a bordo del vuelo de Iberia, fletado por el Gobierno español, para repatriar a sus ciudadanos residentes en Guinea Ecuatorial, bloqueados por la pandemia del coronavirus.

Aunque todavía no está del todo asegurado, dado que por ahora se trata de un Proyecto de Ley de Reforma de la Nacionalidad Ecuatoguineana en el que está trabajando el ministerio de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias, lo cierto es que en la jornada de ayer el titular de este ramo en su comparecencia ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos del Senado, Salvador Ondo Nkumu, puntualizó que la nueva ley no cierra la puerta a la doble nacionalidad, según publica esta mañana la página oficial del gobierno.

 La delegación del Ministerio de Justicia, despejó así todas las dudas e inquietudes observadas por los senadores durante su estudio en segunda lectura. El miembro del Gobierno, tras escuchar las preguntas formuladas por los parlamentarios al respecto, dio sus aclaraciones subrayando que esta pieza jurídica viene a subsanar y mejorar los aspectos que no estaban recogidos en la ley vigente y otros que no se encontraban bien regulados, señala la publicación.

Dichas cuestiones abarcan la concesión de más derechos al ciudadano naturalizado que al ecuatoguineano de origen, el contenido y sentido de la disposición transitoria primera numeral dos, que detalla que los cónyuges de ecuatoguineanos que hubieran accedido al pasaporte o documento de identidad de Guinea Ecuatorial, podrán obtener la nacionalidad ecuatoguineana dentro de los doce meses de la entrada en vigor de la presente ley. Salvador Ondo Nkumu dijo entonces que con la actualización de esta ley se exigirán unos requisitos legalmente establecidos para solicitar la nacionalidad.

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