Requisitos para la tramitación de documentos para ciudadanos extranjeros en Guinea Ecuatorial

El Ministerio de Seguridad ha sancionado una orden ministerial con la que concede un plazo de tres meses a los ciudadanos expatriados residentes en el territorio nacional

A propuesta de las conclusiones de la reunión extraordinaria de la Dirección General de Extranjería y Fronteras aprobada por la comisión delegada del Gobierno celebrada en  Bata, el pasado 18 de noviembre, el Ministerio de Seguridad Nacional ha emitido ayer jueves 2 de diciembre una orden ministerial con la que concede un plazo de tres meses a los ciudadanos expatriados residentes en el territorio nacional, para que procedan a regularizar y actualizar sus documentos de estancia y residencia en el país.

En la orden ministerial se decreta que los expatriados que hayan entrado al país de forma ilegal (en las fronteras no reconocidas y mediante sello estampado por los servicios migratorios en el documento de viaje) no podrán solicitar la actualización de la documentación. A este grupo se les concede un plazo de tres meses para abandonar el país y regularizar su situación desde las delegaciones ecuatoguineanas acreditadas en sus países de origen.

Se prohíbe a las empresas y a los particulares contratar a expatriados que no estén debidamente regularizados y a los ecuatoguineanos con inmuebles o bienes que quisieran arrendarlos, se les exige comprobar que el extranjero cuente con los documentos que justifiquen su estancia legal en el país.

Éstos son los requisitos para tramitar y regularizar la situación de los extranjeros en Guinea Ecuatorial.

RESIDENCIAS

1ª expedición:

Renovación

PRÓRROGA DE VISADO O PERMANECIA

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