El exdelegado de INSESO podría enfrentarse a cuatro años de prisión por abuso de funciones

La falta de pruebas podría eximir a Pedro Claver Mbaga de cumplir condena por un presunto delito de blanqueo de capitales y malversación de caudales públicos.

Cinco jornadas hábiles ha durado el juicio del conocido como “caso INSESO” sobre la supuesta trama de corrupción destapada en el seno del Instituto Nacional de Seguridad Social, durante el tiempo de mandato de Pedro Claver Mbaga Ovono Ncogo, quien fuera delegado de dicha institución.

Tras la presentación de los informes finales presentados ayer viernes por las partes implicadas, la Fiscalía, en sus calificaciones, ha pedido una pena de prisión menor para Pedro Claver por abuso de funciones, retirando igualmente la acusación de malversación de caudales públicos contra los procesados, por no obrar suficientes pruebas en su contra.

Las partes implicadas en el caso presentaron ayer viernes sus informales finales tras la fase de pruebas documentales. En este caso, también estaba siendo acusado quien fuera interventor de INSESO, Valeriano Nguema Obono.

El Ministerio Público, en sus calificaciones  finales, ha retirado las acusaciones sobre Valeriano Nguema Obono, entre otras cosas por considerar que sólo obedecía las órdenes de su superior inmediato. Mientras que para Pedro Claver Mbega se pide una pena de cuatro años de prisión por abuso de funciones.

“El Ministerio Fiscal se pronuncia a favor de condenar al procesado Pedro Claver Mbaga Ovono Ncogo con una pena de cuatro años de prisión, todo esto según las características siguientes: se ha demostrado que el procesado ha estado firmando contratos y ordenando pagos a favor de la empresa monimart, donde él es socio mayoritario, teniendo el 70% de las acciones de participaciones. Un acto que realiza frecuentemente, violando el artículo 101”, señaló Félix Nguema representante del Ministerio Fiscal.

Sin embargo, la Fiscalía ha visto a bien retirar las acusaciones por blanqueo de capitales y malversación de caudales públicos. Ya que, según el ministerio Público, a lo largo de las sesiones  de las  vistas públicas “no se ha podido probar, en opinión de la Fiscalía, ni en el informe de la auditoría, ni en las investigaciones de la policía judicial que los procesados hayan sustraído caudales públicos en la institución INSESO, en perjuicio del Estado o de la misma administración de la entidad. Todos hemos visto con pruebas evidentes los pagos autorizados, firmados y ejecutados, algunos fraccionados y sin la incorporación de todas las firmas requeridas, otros pagos no fraccionados que incluyen todas las firmas autorizadas.

Por tanto, ante esta realidad evidente, la Fiscalía no puede sostener la acusación de malversación de caudales públicos contra los procesados en ausencia de pruebas que los incrimina, por consiguiente, en defensa de la legalidad y ante la carencia de esas pruebas incriminatorias, apelamos a la aplicación a favor de los procesados”.

Por su parte, los abogados del Estado sí ven delito y argumentan que las pruebas documentales han sido suficientes para determinar la comisión de los mismos. Por lo que exigen que Pedro Claver devuelva los 12.000.000.000 de francos cefas cuya desaparición no justificada se señala en el informe de la auditoría.

“Hay que exigirle en lo que concierne a los manejos de la cuenta de explotación de INSESO, en base a la mala gestión  o llámese una gestión abusiva”, señaló el abogado del Estado, Francisco Moro Nvé.

Nicanor Nka, en defensa de Valeriano Nguema Obono, ha pedido la inmediata puesta en libertad de su mandante, ya que las acusaciones que pesaban sobre él fueron retiradas.

El principio de irretroactividad ha sido el principal argumento de Eliseo Mbomío, abogado de Pedro Claver Mbaga, quien señalaba que el informe de auditoría, base del encausamiento, se practicó en el periodo 2019 a abril de 2021, antes de la entrada en vigor de la ley de delitos administrativos y anticorrupción. Por lo que Pedro Claver no puede ser condenado por un hecho que durante su puesta comisión no constituía delito.

Tras firmar el acta del juicio, el sumario quedó visto para sentencia.

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