Tres meses después del fallo del «Caso ART», también vinculado a Ceiba Intercontinental, el nombre de la misma compañía vuelve a resonar con fuerza en los tribunales, confirmando que la historia judicial de la aerolínea estatal aún está lejos de aterrizar. Con una notoria presencia de agentes del orden público desde primeras horas de la mañana, el Palacio de Justicia de Malabo II ha sido escenario de una jornada marcada por la expectación y el seguimiento familiar de la continuidad del «Caso Ceiba».
El proceso, inscrito bajo el sumario número 137/2024, ha sido calificado por la Mesa de la Audiencia Provincial como una continuación del expediente relacionado con la misma compañía fundada con fondos del Estado. El nuevo acusado, Bienvenido Esono Engonga Okomo, ex Director General de la aerolínea, desde 2012- a abril de 2017, está siendo procesado por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, abuso de bienes de interés general y apropiación indebida. El juicio se prolonga desde agosto de 2024, cuando se celebraron las primeras vistas de los demás acusados. Según fuentes judiciales, su dilación se debe a una serie de aspectos técnicos y de procedimiento que el tribunal y las partes debían aclarar antes de continuar.
Anteriormente, Esono Engonga fue requerido en calidad de testigo, pero tanto la Abogacía del Estado como la acusación particular, detectaron supuestas inconsistencias que derivaron en su paso de testigo a acusado. La denuncia fue interpuesta por la Abogacía del Estado, que considera que durante su mandato desde 2012 a abril de 2017, quedaron sin justificar más de 842 millones de F.CFA, según los informes de auditoría presentados ante el tribunal.
La acusación particular de Ceiba Intercontinental manifestó su conformidad con la postura de la Abogacía del Estado, reforzando el señalamiento hacia el antiguo responsable de la compañía. Sin embargo, la defensa del acusado ha sostenido que ni la Abogacía del Estado ni la acusación particular han solicitado pena ni responsabilidad civil alguna, lo que, a su parecer invalida el juicio.
Argumenta, además, que la Fiscalía solicitó en su día el sobreseimiento del proceso, al no encontrar hechos punibles claros ni sustento legal suficiente. También insiste en que, conforme a la ley, solo la Fiscalía puede ejercer la acción penal, lo cual —según su versión— no ha ocurrido en este expediente.
Por su parte, la Fiscalía, actuando como garante de la legalidad, ha coincidido con la defensa en señalar que no existen bases procesales firmes para continuar con el proceso contra Bienvenido Esono. En este sentido ha expuesto que ciertos trámites provisionales, que a su parecer no se realizaron correctamente, mencionando la falta del artículo de previo pronunciamiento válido y una posible litispendencia es decir, la coexistencia de procedimientos paralelos sobre un mismo asunto, uno de la Corte Suprema y otro de la Audiencia Provincial.
Además, la Fiscalía subraya que la Abogacía del Estado y demás partes no pueden transformar una acusación particular en una acción penal, facultad reservada únicamente al Ministerio Fiscal. De igual forma, sostiene que los presuntos delitos ya habrían prescrito, pues la denuncia fue presentada en 2024, siete años después de que Bienvenido Esono Engonga abandonara la dirección de la aerolínea, por lo que independientemente de su culpabilidad o inocencia, legalmente no cabe lugar a juicio.
Ante este escenario, la Fiscalía ha solicitado el archivo inmediato de la causa, al considerar que no se cumplen las condiciones legales para sostener una acusación formal contra Esono Engonga.
El órgano acusador enfatizó que la falta de petición de pena, tanto por parte de la acusación particular como del Ministerio Público impide la continuación del proceso, citando los artículos legales que avalan su postura. Pese a todo lo anterior expuesto por las partes, se ha procedido al interrogatorio a Bienvenido Esono. La Abogacía del Estado quería explicaciones sobre el dinero que considera que falta y debe justificar.
En el juicio, el nuevo acusado en este caso ha asegurado que en el momento de abandonar la Dirección General de Ceiba Intercontinental, dejó un total de 9 aviones Boeing y ATR en la flota; 42 viviendas, fuera y dentro del país; 30 vehículos de diferentes tipos y mil doscientos ochenta y nueve millones, novecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cinco (1.289.965.455 F.CFA) de saldo en todas las cuentas de Ceiba Intercontinental dentro y fuera del país, los cuales fueron entregados tras culminar su mandato, y se quedaron reflejados en el Acta de entrega de despacho en presencia del Consejo de Administración sin recibir reproches entonces, por lo que, ha dicho, se sorprende que después de siete años se le impute por los delitos antes indicados, porque no reconoce haber sustraído o malversado nada.
Su defensa asegura que la mencionada auditoría corresponde al periodo de 2016-2022 y que la ley Anticorrupción se pronuncia años después de que fuera cesado. Como pruebas documentales, la Abogacía del Estado ha presentado entre otros: una copia de querella criminal donde se relatan hechos que pueden llegar a constituir delitos contra el nuevo imputado, así como el informe de la auditoría realizada.
La defensa, como pruebas también ha presentado el informe de la auditoría, que fue realizado para el periodo 2016-2022, cuatros años fuera del periodo en que ejerció su cargo en la compañía; el cambio de lugar del archivo de Ceiba Intercontinental, asegurando que había contribuido a la falta de piezas contables y no del dinero.
La audiencia de ayer miércoles se convierte así en uno de los episodios más polémicos del llamado «Caso Ceiba Intercontinental», un proceso que desde el inicio de la sesión ha estado rodeado de incertidumbres jurídicas, tecnicismos procesales y un intenso seguimiento público. El juicio continúa este jueves con la fase de evacuación de informes finales.
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