El pastor Rubén Maye, inhabilitado para oficiar y dirigir actos de culto en Guinea Ecuatorial

La medida viene a propuesta de la Dirección de Culto y de la previa deliberación del consejo directivo de este ministerio en su reunión del 1 de agosto.

Las iglesias evangélicas, en el punto de mira del Gobierno

El Departamento de Culto e Instituciones Religiosas emitió el pasado 9 de agosto, la resolución 5/2022 con la que se desautoriza al pastor Rubén Mayé Nsue Mangue celebrar cultos en todo el territorio nacional.

Según la resolución, esta medida se debe a un sermón mediante el que, invocando supuesta voluntad de Dios celebraba veladas y alusiones insinuosas contra las altas autoridades del Estado además de llamamientos a la violencia y a la provocación de desórdenes públicos.

Teniendo en cuenta que el Ordenamiento Jurídico Nacional y la Ley 4/1991 Reguladora del Ejercicio de la Libertad Religiosa confieren un margen, para los cultos que se estimen convenientes y determinan que los ministros de Culto deben cuidarse de no hacer alusiones contra personas, instituciones del Estado y otras confesiones religiosas, ni inducir a los fieles a la desobediencia o violencia. Rubén Mayé Nsue Mangue, pastor de la iglesia Ministerio Profético de las Sombra de Cristo, ha trascendido a la opinión pública creando alarma social y provocando la incoación de las diligencias informativas por parte de este departamento ministerial. A este respecto, se le impide ejercer su representación en cualquier aforo habilitado o actos realizados en el territorio ecuatoguineano.

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