Libia argumenta que el equipo de Guinea Ecuatorial envió a un jugador no autorizado durante el partido entre Libia y Guinea Ecuatorial jugado en El Cairo el 11 de noviembre de 2020.
En consecuencia, la Federación de Fútbol de Libia pidió al Consejo Disciplinario de la CAF que considerara al jugador en cuestión como un jugador inelegible que participó en un partido oficial. Solicitaron la aplicación del Reglamento y del Código Disciplinario declarando que el equipo de Guinea Ecuatorial ha perdido el partido por decomiso, perdiendo así los 3 puntos conseguidos en aquel partido.
La protesta fue enviada al departamento de arbitraje para su examen y análisis. El grupo de arbitraje y la junta de expertos convinieron en que, si bien podría haber habido un error de procedimiento al aplicar el nuevo Reglamento que permitía 5 sustituciones por partido en 3 ocasiones, no ha habido ningún error técnico al ver que el equipo había utilizado menos de 5 sustituciones al final.
La Junta Disciplinaria de la CAF escuchó a ambas partes, a saber, los representantes de Libia y Guinea Ecuatorial, en reuniones celebradas el 6 de diciembre de 2020 y el 19 de enero de 2021. La decisión de la Junta Disciplinaria de la CAF fue confirmar que Guinea Ecuatorial no está acusada de contravención del Reglamento de la CAF y, por lo tanto, decidió desestimar la protesta presentada por la Libia.
Tras la mencionada decisión disciplinaria, Libia interpuso un recurso contra la decisión de la Junta Disciplinaria de la CAF. El caso fue sometido a la apelación.
Además, la Junta de Apelación escuchó a los representantes de ambas federaciones en su reunión celebrada el 8 de febrero de 2021.
La Junta de Apelación consideró que no hubo pérdida de oportunidad ya que la Selección Nacional de Libia agotó todas sus oportunidades para colocar a los 5 jugadores durante el partido en cuestión; que, de hecho, está establecido que el equipo de Guinea Ecuatorial se mantuvo dentro del límite de 5 jugadores por sólo el fielding 4 jugadores;
La Junta Considerando los Estatutos y Reglamentos de la CAF , considerando igualmente las preguntas frecuentes de COVID-19; asi como el Código Disciplinario de la CAF, la Comisión de Recurso ha decidido que el Llamamiento de la Federación de Fútbol de Libia es admisible en forma.
La Junta de Apelación decidió confirmar la legalidad de la decisión de la Junta Disciplinaria al no declarar al jugador que participó en el partido 76 de la QAFON como cuarto sustituto como jugador no elegible.
Por lo tanto, el llamamiento de la Federación de Fútbol de Libia se rechaza en sustancia.