De las cuestiones específicas revisadas y consensuadas detenidamente por dicha comisión, destacan las definiciones; ejercicio de la Autoridad Portuaria, Naturaleza Jurídica de la Administración de Puertos Públicos de Guinea Ecuatorial y otras relativas con las competencias del régimen sancionador recogido en el décimo primer capítulo de este instrumento jurídico, las tarifas portuarias, sin descartar las disposiciones adicionales, transitorias y finales, entre otras cuestiones relevantes, con la que el Gobierno pretende estructurar las infraestructuras modernas en el sistema portuario nacional con el fin de regular un modelo de gestión portuario basado en la agilidad, rentabilidad y flexibilidad empresarial con las funciones de la administración pública.
Durante tres jornadas de trabajos, los comisionados han empleado como elementos laborales las enmiendas planteadas en la Comisión Permanente de Infraestructuras, Comunicaciones, Transportes y Nuevas Tecnologías, la Ley de Procedimiento Administrativo y la del Régimen Jurídico de la Administración, entre otros.
Ante la delegación ministerial de Transportes, Correos y Telecomunicaciones,los miembros de la dicha comisión senatorial han dado el visto bueno al informe y han adoptado las conclusiones resultantes de los trabajos de revisión del texto del Proyecto de Ley de Puertos en Guinea Ecuatorial.