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Portada Sociedad

Requisitos para la tramitación de documentos para ciudadanos extranjeros en Guinea Ecuatorial

El Ministerio de Seguridad ha sancionado una orden ministerial con la que concede un plazo de tres meses a los ciudadanos expatriados residentes en el territorio nacional

Por Alisol Buiyabán Bichua
diciembre 3, 2021
en Sociedad
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A propuesta de las conclusiones de la reunión extraordinaria de la Dirección General de Extranjería y Fronteras aprobada por la comisión delegada del Gobierno celebrada en  Bata, el pasado 18 de noviembre, el Ministerio de Seguridad Nacional ha emitido ayer jueves 2 de diciembre una orden ministerial con la que concede un plazo de tres meses a los ciudadanos expatriados residentes en el territorio nacional, para que procedan a regularizar y actualizar sus documentos de estancia y residencia en el país.

En la orden ministerial se decreta que los expatriados que hayan entrado al país de forma ilegal (en las fronteras no reconocidas y mediante sello estampado por los servicios migratorios en el documento de viaje) no podrán solicitar la actualización de la documentación. A este grupo se les concede un plazo de tres meses para abandonar el país y regularizar su situación desde las delegaciones ecuatoguineanas acreditadas en sus países de origen.

Se prohíbe a las empresas y a los particulares contratar a expatriados que no estén debidamente regularizados y a los ecuatoguineanos con inmuebles o bienes que quisieran arrendarlos, se les exige comprobar que el extranjero cuente con los documentos que justifiquen su estancia legal en el país.

Éstos son los requisitos para tramitar y regularizar la situación de los extranjeros en Guinea Ecuatorial.

RESIDENCIAS

1ª expedición:

  • Instancia de solicitud dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
  • 3 fotos tamaño carné recientes con fondo blanco
  • Pasaporte en vigor con un visado y sello de entrada del puerto fronterizo por el que accedió al país
  • Carné de empadronamiento
  • Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente
  • Una permanencia previa o prórroga emitido por el Ministerio de Seguridad Nacional a través de su Dirección General de Extranjería y Fronteras
  • Certificado de buena conducta emitido por la comunidad de vecinos o consejo de poblados en que reside
  • Autorización gubernativa o NIF para personas jurídicas
  • Solvencia tributaria para personas jurídicas
  • Cédula personal para personas físicas
  • Antecedentes penales del país de procedencia
  • Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional

Renovación

  • Instancia dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
  • 3 fotos tamaño carné recientes con fondo blanco
  • Fotocopia de la residencia anterior con presentación del origen
  • Certificado de buena conducta expedido por el consejo de poblado o comunidad de vecinos donde reside
  • Carné de empadronamiento
  • Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente
  • Autorización gubernativa o NIF para personas jurídicas
  • Solvencia tributaria para personas jurídicas
  • Cédula personal para personas físicas
  • Antecedentes penales del país emitido por el Ministerio de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias
  • Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional

PRÓRROGA DE VISADO O PERMANECIA

  • Instancia dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
  • Tener un visado de entrada en curso de validez
  • Tener un pasaporte válido que se adjuntará a la solicitud de la instancia
  • Tener un visado de entrada a Guinea Ecuatorial de larga duración superior a 90 días

Archivado en: actualidadMinisterio de Seguridad Nacional
Alisol Buiyabán Bichua

Alisol Buiyabán Bichua

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