A propuesta de las conclusiones de la reunión extraordinaria de la Dirección General de Extranjería y Fronteras aprobada por la comisión delegada del Gobierno celebrada en Bata, el pasado 18 de noviembre, el Ministerio de Seguridad Nacional ha emitido ayer jueves 2 de diciembre una orden ministerial con la que concede un plazo de tres meses a los ciudadanos expatriados residentes en el territorio nacional, para que procedan a regularizar y actualizar sus documentos de estancia y residencia en el país.
En la orden ministerial se decreta que los expatriados que hayan entrado al país de forma ilegal (en las fronteras no reconocidas y mediante sello estampado por los servicios migratorios en el documento de viaje) no podrán solicitar la actualización de la documentación. A este grupo se les concede un plazo de tres meses para abandonar el país y regularizar su situación desde las delegaciones ecuatoguineanas acreditadas en sus países de origen.
Se prohíbe a las empresas y a los particulares contratar a expatriados que no estén debidamente regularizados y a los ecuatoguineanos con inmuebles o bienes que quisieran arrendarlos, se les exige comprobar que el extranjero cuente con los documentos que justifiquen su estancia legal en el país.
Éstos son los requisitos para tramitar y regularizar la situación de los extranjeros en Guinea Ecuatorial.
RESIDENCIAS
1ª expedición:
- Instancia de solicitud dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
- 3 fotos tamaño carné recientes con fondo blanco
- Pasaporte en vigor con un visado y sello de entrada del puerto fronterizo por el que accedió al país
- Carné de empadronamiento
- Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente
- Una permanencia previa o prórroga emitido por el Ministerio de Seguridad Nacional a través de su Dirección General de Extranjería y Fronteras
- Certificado de buena conducta emitido por la comunidad de vecinos o consejo de poblados en que reside
- Autorización gubernativa o NIF para personas jurídicas
- Solvencia tributaria para personas jurídicas
- Cédula personal para personas físicas
- Antecedentes penales del país de procedencia
- Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional
Renovación
- Instancia dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
- 3 fotos tamaño carné recientes con fondo blanco
- Fotocopia de la residencia anterior con presentación del origen
- Certificado de buena conducta expedido por el consejo de poblado o comunidad de vecinos donde reside
- Carné de empadronamiento
- Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente
- Autorización gubernativa o NIF para personas jurídicas
- Solvencia tributaria para personas jurídicas
- Cédula personal para personas físicas
- Antecedentes penales del país emitido por el Ministerio de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias
- Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional
PRÓRROGA DE VISADO O PERMANECIA
- Instancia dirigida al ministro de Estado encargado de Seguridad Nacional
- Tener un visado de entrada en curso de validez
- Tener un pasaporte válido que se adjuntará a la solicitud de la instancia
- Tener un visado de entrada a Guinea Ecuatorial de larga duración superior a 90 días