La Presidencia de la República de Guinea Ecuatorial ha sancionado el Decreto Número 76/2022, de fecha 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento ley de la aplicación de la Ley Número 2/2021, de fecha 8 de junio, de Adopción de Menores en Guinea Ecuatorial.
Exposición de motivos:
La Ley Número 2/2021 de Adopción de Menores en la República de Guinea Ecuatorial prevé el establecimiento de determinadas estructuras administrativas en el seno del Ministerio de Asuntos Sociales e Igualdad de Género, para canalizar los procedimientos administrativos respectivos a partir de la solicitud de guarda con fines de adopción, hasta la materialización de la adopción legal sobre el menor.
Considerando que la invocada Ley de Adopción, establece los requisitos indispensables para que un menor pueda ser declarado en situación de adaptabilidad por el juez competente, así como la posibilidad de adopción de menores en el extranjero y de adopción de menores por un extranjero. Para la mejor aplicación de lo previsto en la referida ley, surge la necesidad de dictar normas complementarias que desarrollen las materias reguladas en la misma. En su virtud, a propuesta del Ministerio de Asuntos Sociales e Igualdad de Género, previa deliberación y aprobación del Consejo de Ministros en su Reunión del 29 de abril de 2022, se dispone la presente Ley de Adopción en la República de Guinea Ecuatorial que consta de: 37 páginas, 5 títulos, 4 capítulos, 43 artículos y una disposición adicional, una derogatoria y una disposición final. Dicha, entra en vigor a partir de su publicación en los medios informativos nacionales y en el boletín oficial del Estado.