Este nuevo instrumento legal tiene como objetivo principal aumentar la recaudación de los impuestos a través de la imposición de dividendos a los establecimientos permanentes, la retención a la fuente sobre las rentas provenientes de los bienes muebles e inmuebles, el control estricto de los precios de las transferencias entre operaciones vinculadas, la introducción de nuevos regímenes fiscales y conceptos impositivos, la introducción de nuevos procedimientos tributarios y la eliminación de las exoneraciones fiscales.
Como medidas de incentivación fiscal, la nueva Ley Tributaria reduce el tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta del Capital Mobiliario, flexibiliza las normas de deducibilidad de los gastos financieros, crea el crédito del Impuesto sobre Sociedades y el reembolso del crédito del IVA. Estas y otras medidas conducirán a la ampliación de la base contributiva y a la captación de la inversión extranjera, haciendo de Guinea Ecuatorial un país con un atractivo fiscal.
Por otra parte, la nueva Ley Tributaria introduce, además, como innovación, la autoliquidación y el pago del impuesto, haciendo así más corto, fácil y eficaz el proceso de declaración y pago de las obligaciones tributarias.
Teniendo en cuenta los cambios entre la antigua ley tributaria y la actual, podemos destacar los siguientes:
Impuestos sobre la Renta
1. Impuesto sobre Sociedades (IS)
Baja del 35% al 25% sobre los beneficios netos.
2. Impuesto sobre Beneficios de Negocios (IBN)
Sustituye al antiguo IRPF y sus categorías.
Su tipo de gravamen pasa del 35% al 25% sobre los beneficios netos.
3. Cuota Mínima Fiscal
Se mantiene en el 1,5% sobre los ingresos globales obtenidos semestralmente.
4. Impuesto sobre la Renta de Capital Mobiliario
Reducción del tipo de gravamen del 25% al 10% para personas físicas y jurídicas residentes en Guinea Ecuatorial, como retención a la fuente.
Para no residentes, baja del 25% al 15%.
5. Impuesto sobre la Renta de Capital Inmobiliario (IRCI)
Retención a la fuente sobre rendimientos brutos y plusvalías inmobiliarias.
Tipos de gravamen: 10% para arrendamientos y 15% sobre plusvalías, salvo que estén sujetos al Impuesto sobre Sociedades.
6. Impuesto sobre Sueldos y Salarios (ISS)
Orientado exclusivamente a los ingresos por trabajo por cuenta ajena.
El límite exento pasa de 1.000.000 a 1.400.000 F.CFA.
7. Régimen Especial de Actividades Menores (REAM)
Aplica a personas físicas o familias con ingresos anuales iguales o inferiores a 30.000.000 F.CFA.
Impuestos al Consumo
1. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Novedad: devolución de los créditos del impuesto.
Tipos:
General: 15%.
Reducido: baja del 6% al 5%.
0% para exportaciones y productos tipificados.
Imposición del IVA a servicios a través de plataformas de comercio electrónico.
Impuestos Patrimoniales
Orientados a la tributación del patrimonio neto poseído por una persona física. Otros Impuestos al Consumo
1. Impuesto sobre Actividades Financieras (IAF)
Aplicable a operaciones financieras no sujetas al IVA.
Tipos:
5% para seguros de transporte.
18% para seguros contra incendios.
12% para demás operaciones.
2. Impuesto sobre Juegos de Azar, Entretenimiento y Recreo
Cuota tributaria:
15% sobre ingresos brutos mensuales.
25% en concepto de Impuesto sobre Sociedades.
15% para beneficiarios de premios.
Regímenes Especiales
Creados para entidades sin fines lucrativos.
Tributación del Sector de Hidrocarburos y Minería
Aplicable exclusivamente a contratistas y asociados en operaciones petroleras.
Procedimientos Tributarios
Garantizan transparencia, confianza y seguridad jurídica.
Prohibiciones en el Orden Tributario
El Ministerio de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico es el único órgano facultado en materia tributaria.
Ninguna otra autoridad puede conceder desgravaciones fuera de lo previsto en la ley.
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